Llevar al día la contabilidad siempre es importante en un negocio. Llegados a estas fechas, se hace imprescindible para afrontar con éxito el cierre contable y fiscal del ejercicio 2022. Seguramente, con un empujón y mucha dedicación, recopilaríamos mucha información. Sin embargo, es mucho más fácil que se nos escape algo si dejamos todo para el último momento.
Una contabilidad al día es fuente de información y base para el análisis y la toma de decisiones. Veamos algunas claves que nos ayudarán con esta tarea
¿Hasta qué fecha podemos hacer el cierre contable y fiscal?
Hay dos posibilidades:
- Si el ejercicio coincide con el año natural, el plazo llega hasta el 31 de marzo.
- En otro caso, tendremos tres meses desde que concluya el ejercicio.
Las fechas del cierre contable y fiscal dependen de las de comienzo y fin del período contable; aunque no es obligatorio, lo más habitual es que coincida con el año natural.
¿Coinciden los saldos de tesorería con la realidad?
Su revisión es sencilla, ya que basta con comprobar que los saldos del banco coinciden en importe y fecha con los de la contabilidad. Por ello, habrá que realizar un arqueo de la caja, así como una conciliación bancaria. Aquí hay que ser rigurosos. En caso de inspección, el banco tiene que cuadrar con precisión. Hacerlo con procesos automáticos ahorra tiempo y errores.
En este punto, es importante revisar la cuenta partidas pendientes de aplicación (555). A veces, para que nos coincidan los saldos, llevamos movimientos que no tenemos localizados a esta cuenta hasta que sepamos de su naturaleza. Al final, esto es como quien cuadra con los ojos cerrados una caja… Por ello, es importante dejar esta cuenta a cero.
Reclasificación de la deuda: ¿Es correcta la deuda a largo y a corto plazo?
La deuda a la que tenemos que hacer frente en el nuevo ejercicio (la de corto plazo) será diferente a la del año anterior. Por ello, con los cuadros de amortización de las deudas localizados, debemos realizar los traspasos a corto plazo de las deudas a largo plazo que tengamos.
¿Tenemos todas las facturas de los cobros/pagos de los clientes/proveedores?
Las cuentas de los subgrupos 40, 41, 43, 44 han de ser revisadas una a una. El objetivo es comprobar que se han contabilizado las operaciones más comunes con proveedores, clientes y otros acreedores y deudores.
Sobre todo, tengamos en cuenta que el 30 de enero es el último día para la presentación de la declaración resumen anual del IVA del ejercicio anterior (modelo 390). No podremos deducir aquellas facturas que no hayamos contabilizado.
¿Y las Administraciones Públicas ?
La revisión de las cuentas del subgrupo 47 nos ayudará con las presentaciones de impuestos y con las cotizaciones. Entre otros aspectos, observaremos:
- En cuanto al IVA, comprobaremos los traspasos a las cuentas de Hacienda Pública deudora (470) o acreedora (475) en función de si el modelo 303 salió a pagar o a compensar (devolver si es el cuarto trimestre). Además, verificaremos que cuadren todas las declaraciones para preparar el modelo anual 390 de IVA.
- En relación con la Seguridad Social, compararemos la información contenida en los Recibos de Liquidación de Cotización (modelo RLC) con el saldo de la cuenta 476.
- En las retenciones practicadas, la parte de las retenciones correspondientes a los trabajadores es sencilla de comprobar a través de un resumen contable de nóminas. Lo podemos solicitar a nuestra gestoría u obtener a través de nuestro programa de nóminas.
¿Hemos dotado todas las cuotas de amortización?
Repasaremos la lista de activos para comprobar si tenemos completamente controlados cada uno de ellos. Una vez revisado, hay que dotar las cuotas de amortización correspondientes al año.
Otro aspecto relacionado son las correcciones por deterioro de valor. Las amortizaciones miden la pérdida de valor que va sufriendo el activo por el uso, el paso del tiempo y la obsolescencia técnica y comercial. Mientras, las correcciones por deterioro de valor muestran otras diferencias, en general reversibles, entre el valor que aparecía en la contabilidad y el que, según las normas de valoración de cada tipo de activo, deba aparecer en el cierre contable.
¿Qué hago con las existencias no consumidas?
Al final del ejercicio, cargaremos las cuentas de existencias con abono a las de variación de existencias por el importe de las existencias finales. Además, cargaremos las cuentas de variación de existencias con abono a las de existencias por el importe de las existencias iniciales.
Por ello, debemos realizar un recuento de las existencias a final del año y compararlo con el del principio. Para realizar las valoraciones, podremos optar por el método del precio medio ponderado o por el FIFO.
¿Tenemos que dejar contabilizado el asiento del impuesto de Sociedades?
Aunque lo normal es que el impuesto sobre sociedades se liquide en julio, debemos dejarlo contabilizado al cierre. Por ello, con ayuda de un despacho especializado o a través de nuestro contable, debemos considerar diferencias temporarias o permanentes, bases negativas pendientes de compensar y otros aspectos de la contabilización de este impuesto.
¿Qué hacer si ya tenemos todo correcto?
Como vemos, la idea es comprobar partida a partida que todas las cuentas reflejan la imagen fiel de la empresa. Así verificaremos que cumplimos las diferentes normas contables. Una vez tengamos esta parte completada, el programa contable que utilicemos procederá automáticamente al asiento de regularización y cierre contable.