El inicio del año marca el cierre fiscal de muchos autónomos y empresas, lo que implica la presentación de varios impuestos trimestrales y anuales. Para evitar sanciones y recargos, es fundamental cumplir con los plazos establecidos por la Agencia Tributaria. En este post, te explicamos qué impuestos debes presentar en los primeros meses de 2025, tanto trimestrales como los resúmenes anuales.
1. Impuestos Trimestrales
IRPF – Modelos 111, 115 y 130
Para los autónomos y empresas, el cierre del cuarto trimestre del 2024 implica la presentación de los siguientes modelos de IRPF:
- Modelo 111: Declaración de retenciones practicadas a trabajadores, profesionales o empresarios.
- Modelo 115: Declaración de retenciones sobre alquileres, en caso de que el autónomo o la empresa haya arrendado un local o inmueble.
- Modelo 130: Autoliquidación del IRPF para autónomos en estimación directa, donde se declaran ingresos y gastos del trimestre.
Plazo de presentación de los modelos IRPF:
- Fecha límite: 20 de enero de 2025.
IVA – Modelo 303
Los autónomos y empresas deben presentar el Modelo 303, correspondiente a la autoliquidación del IVA, que refleja tanto el IVA repercutido (cobrado) como el soportado (pagado) durante el trimestre.
Plazo de presentación del IVA (Modelo 303):
- Fecha límite: 30 de enero de 2025.
2. Resúmenes Anuales de Impuestos
Como cada comienzo de año, también es necesario presentar los resúmenes anuales de ciertos impuestos. Los plazos para hacerlo son los siguientes:
Resumen Anual de IVA – Modelo 390
El Modelo 390 es el resumen anual del IVA, donde se consolida toda la información referente a este impuesto durante el año fiscal. En este modelo se recoge tanto el IVA soportado como el repercutido, y es una obligación para todas las personas físicas o jurídicas que han estado obligadas a presentar el Modelo 303 durante el año.
Resumen Anual de IRPF – Modelos 190 y 180
- Modelo 190: Resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que los autónomos y empresas hayan practicado a trabajadores, profesionales y otros colaboradores durante el año.
- Modelo 180: Resumen anual de las retenciones sobre alquileres, para aquellos autónomos que hayan declarado el Modelo 115 durante el año.
Plazo de presentación de los resúmenes anuales:
- Fecha límite para el Modelo 390 (IVA) y Modelos 190 y 180 (IRPF): 31 de enero de 2025.
3. Declaración de Operaciones con Terceros – Modelo 347
El Modelo 347 es la declaración informativa de operaciones con terceros, que debe ser presentada por aquellas empresas y autónomos que hayan realizado operaciones con un mismo cliente o proveedor que superen los 3.005,06 euros (IVA incluido) durante el año anterior. Este modelo es obligatorio para aquellos que cumplan con estos requisitos y debe incluir todos los datos de las operaciones realizadas con terceros.
Plazo de presentación del Modelo 347:
- Fecha límite: 28 de febrero de 2025.
4. Consejos para una correcta presentación de impuestos
Para asegurarte de cumplir con todos los plazos y evitar sanciones, es importante seguir estos consejos:
- Organiza tu documentación con antelación: Asegúrate de tener todas las facturas y documentos necesarios para declarar correctamente los impuestos, especialmente para los modelos anuales.
- Revisa las bases imponibles: Verifica que los ingresos y gastos estén correctamente reflejados y clasificados, tanto en los impuestos trimestrales como en los resúmenes anuales.
- Consulta a un asesor fiscal: Si tienes dudas sobre los modelos o los plazos, no dudes en contar con la ayuda de un profesional para evitar errores y optimizar tu carga fiscal.
5. Consecuencias de no presentar a tiempo
Si no cumples con los plazos de presentación, puedes enfrentarte a sanciones y recargos, que varían dependiendo del tipo de impuesto y del tiempo de retraso. Evitar estos problemas es sencillo si te organizas a tiempo y presentas todos los modelos correctamente.
Conclusión
El cierre fiscal de enero y febrero de 2025 es una etapa clave para autónomos y empresas. Debes presentar tanto los impuestos trimestrales del 4T 2024, como los resúmenes anuales del IVA y el IRPF, además de la declaración de operaciones con terceros (Modelo 347). Recuerda que los plazos de presentación son:
- 20 de enero de 2025: Modelos 111, 115 y 130 (IRPF).
- 30 de enero de 2025: Modelo 303 (IVA).
- 31 de enero de 2025: Resúmenes anuales Modelo 390 (IVA), Modelo 190 (IRPF) y Modelo 180 (IRPF).
- 28 de febrero de 2025: Modelo 347 (Operaciones con Terceros).
Cumplir con estos plazos es esencial para mantener la empresa al día con sus obligaciones fiscales y evitar complicaciones futuras.