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La factura y los libros de registro

Los empresarios y profesionales que realicen operaciones sujetas a IVA tienen la obligación de llevar libros de registro de facturas.

  • Libro de registro de facturas emitidas
  • Libro de registro de facturas recibidas

Cuando una misma empresa tenga diversos establecimientos, podrá llevar diferentes libros de registro para cada uno de ellos, siempre que los asientos resumen correspondientes se trasladen a los libros de registro generales que se tienen que llevar en el domicilio fiscal de la empresa.

El libro de registro de facturas emitidas

En este libro se anotan las facturas emitidas de todas las operaciones llevadas a cabo de la siguiente manera:

  • Las facturas se anotarán de una en una
  • Se tienen que apuntar por orden correlativo a la fecha de expedición
  • Los valores se tienen que expresar en euros

El libro de registro de facturas recibidas

En este libro se anotan todas las facturas de las operaciones llevadas a cabo en el ejercicio de la actividad empresarial o profesional

  • Las facturas las numerará el destinatario en el mismo orden en que las ha recibido, y será en este libro donde las anotará una a una
  • Los valores serán expresados en euros

Plazos para hacer las anotaciones

Las operaciones tienen que estar registradas en los libros en los siguientes plazos:

  • Facturas emitidas: Antes de que finalice el plazo legal para hacer la liquidación y el pago del IVA en el período voluntario.
  • Facturas recibidas: Dentro del período de liquidación en la que se lleve a cabo la deducción del IVA

Rectificación de las anotaciones

Las rectificaciones se hacen al finalizar cada período de liquidación de IVA, en un asiento o grupo de asientos único, debidamente diferenciadas del resto de anotaciones.

El asiento o asientos de rectificación tienen que permitir determinar el impuesto repercutido o soportado, una vez realizada la rectificación

Además, el asiento o grupo de asientos de rectificación se puede indicar: las facturas que se rectifican o se anulan, las cantidades en que se habian contabilizado, las nuevas cantidades con las que se tienen que contabilizar y los totales de las rectificaciones, además de indicar los saldos positivos o negativos.

Espero que esta entrada os haya ayudado, y recordad, que tenéis la opción de delegar las tareas de facturación y seguimiento de cobros con AdminPymes, ya que somos especialistas cualificados administrativos. Si quieres más información no dudes en ponerte en contacto conmigo

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